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Boletín del COE: 1,687 personas atendidas en hospitales, han ocurrido 30 accidentes y 3 muertos

Santo Domingo, RD.- En el primer boletín de este jueves 24 de diciembre, en víspera de Nochebuena, el Centro de Operaciones de Emergencias (COE) reportó 1,687 personas que han sido atendidas en los hospitales y consultorios móviles del país, han ocurrido 30 accidentes y van 3 muertos.

La Defensa Civil dispuso que se instalaran 294 puestos de socorro, nueve unidades de rescate y 16 ambulancias. En esos puestos se ha brindado emergencias domésticas, como toma de presión y curación a accidentes leves.

También, se instalaron dos hospitales de campaña además de un permanente bandereo preventivo, para todas las autopistas y carreteras.

Juan Manuel Méndez, director del COE, informó que, también, dentro del operativo navideño “Compromiso por la vida”, el Ministerio de Obras Públicas ha efectuado más de 700 asistencias viales: Trabajos mecánicos, cambio de gomas, suministro de combustibles, entre otras.

Se reportó que el Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant) ha otorgado más de 17 mil 800 permisos para vehículos de transporte de mercancías.

La Dirección General de Seguridad de Tránsito y Transporte Terrestre (Digesett) ha hecho más de mil fiscalizaciones y multas, por faltas a la Ley número 63-17, de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial de la República Dominicana.

Han retenido a más de 70 vehículos pesados por andar sin permisos correspondientes, en franca violación de las disposiciones de las autoridades.

Hay más de 130 motoristas detenidos por transitar sin cascos protectores o documentos.

Ley número 63-17 tiene por objeto regular y supervisar la movilidad, el transporte terrestre, el tránsito y la seguridad vial en la República Dominicana y establecer las instituciones responsables de planificar y ejecutar dichas actividades, así como la normativa a tal efecto.

La presente ley y sus reglamentos de aplicación constituyen el marco regulatorio de la movilidad, el transporte terrestre, el tránsito y la seguridad vial, y se aplican e interpretan con apego a los principios establecidos en la Constitución.
Por medio de la presente ley se crea el Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant), como organismo rector, nacional y sectorial, descentralizado del Estado, con personalidad jurídica y autonomía administrativa, financiera y técnica, adscrito al Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones, encargado de cumplir y hacer cumplir la presente ley y sus reglamentos.

EL INTRANT TENDRÁ LAS ATRIBUCIONES SIGUIENTES:

1. Diseñar y ejecutar la política nacional de movilidad, transporte terrestre nacional e internacional, tránsito y seguridad vial, con ajuste a los principios, objetivos, directrices y disposiciones establecidos en la presente ley, y, en consecuencia, ejercer la función de planificación sectorial.
2. Presentar al Poder Ejecutivo la propuesta de los reglamentos internos y las regulaciones complementarias en un plazo de seis (6) meses a partir de la puesta en vigencia de la presente ley, de forma que se viabilice el pleno ejercicio de las competencias de gestión, disposición, fiscalización y control del sector; también la regulación de los procedimientos administrativos en general y el establecimiento de estándares técnicos, tecnológicos, de desempeño y de calidad.
3. Planificar y diseñar el sistema integrado de transporte público de pasajeros, sus rutas, servicios, esquemas de operación, itinerarios y cualquier otro aspecto, interurbano y a nivel urbano coordinando con los ayuntamientos, en base a los estudios de oferta y demanda correspondientes.
4. Establecer los requisitos con los cuales deberá cumplir el transporte de carga, incluyendo el transporte de cargas especiales y de alto riesgo, de acuerdo a la naturaleza de las mismas y las sobredimensiones de los vehículos. Entre otras.

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