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TC declara de urgencia recursos contra Ley que regula los estados de excepción

Fue declarado de urgencia un expediente relativo a la resolución 002-2020, emitida por el Consejo del Poder Judicial

Santo Domingo RD.– El Tribunal Constitucional (TC) dejó este martes en estado de fallo siete expedientes de acción directa de inconstitucionalidad, y declaró de urgencia dos recursos contra la Ley Orgánica de la Junta Central Electoral y la Ley que regula los Estados de Excepción.

El expediente incoado por Namphi Rodríguez y José Johnny Marte, ataca los artículos 21 y 28, de la Ley de los Estados de Excepción contemplados, respecto a la prorroga y la decisión del Congreso sobre la misma.

Asimismo, fue declarado de urgencia un expediente relativo a la resolución 002-2020, emitida por el Consejo del Poder Judicial.

El TC dejó en estado de fallo el expediente sometido por José Gilberto Núñez Brun como sobre la resolución 42-2020, emitida por la JCE, el 13 de abril de 2020, sobre la posición por emergencia sanitaria de las elecciones ordinarias generales.

Núñez Brun también sometió un amparo por ante el Tribunal Superior Electoral, que buscaba suspender las elecciones presidenciales pautadas para el 5 de julio, de manera indefinida, que fue rechazado por el pleno del TSE el pasado 22 de mayo.
A través de la sentencia TSE -653-2020 la Alta Corte consideró la acción improcedente en virtud de que la actuación atacada no deviene manifiestamente en arbitraria o ilegítima, ya que “lo que se pretende es la suspensión de los efectos de una resolución emanada de un órgano de administración electoral y consecuentemente, de las elecciones pautadas para el 5 de julio”, sostiene el dispositivo. El accionante alega que los efectos que causaron que los comicios del 17 de mayo fueran movidos, aún permanecen.

El órgano jurisdiccional también declaró de urgencia, y dejó en estado de fallo, el expediente TC-01-2020-0018 en el que Juan Manuel García G. y Domingo Ramírez atacaron el artículo 1 de la Resolución núm. 002-2020, emitida por el Consejo del Poder Judicial el 19 de marzo de 2020.

En la audiencia pública quedó en estado de fallo el expediente TC-01-2020-0017, en el que los licenciados Francisco Manzano R., Salvador Catrain y César Ariel Sánchez atacaron los decretos 160-20 y 161-20, del 17 de mayo de 2020, emitidos por el Poder Ejecutivo, mediante los cuales se prorroga el estado de emergencia por 15 días y el mantenimiento de las medidas de distanciamiento social y extensión en el horario de toque de queda, y la resolución 65-20, del 15 de mayo de 2020, que autoriza al Presidente de la República a prorrogar.

Asimismo declaró en estado de fallo el expediente TC-01-2020-0009, en el que Ramón Bernardo Olivares Bonifacio actuó contra el artículo 252, literal b) del Código Tributario Dominicano, modificado por la Ley núm. 147-00, del 27 de diciembre de 2000.

En tanto que se le concedió cinco días de plazo a la parte interviniente del expediente TC-01-2020-0010 para justificar sus conclusiones. En el mismo, la Asociación Nacional de Detallistas de Combustibles Inc. (Anadegas) objetó los artículos 20, 22, 24 y 25 de la Ley núm. 17-19, sobre Erradicación del Comercio Ilícito, Contrabando y Falsificación de Productos Regulados, del 28 de febrero de 2019. Agotado el plazo, inicia el mismo período para las demás partes presentar réplicas y quedaría en estado de fallo.

Por: Suedi León

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