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Dirección General de Contrataciones Públicas aclara compras de emergencia por Covid-19 fueron publicadas

Hace la aclaración luego de denuncias en Nuria Investigación Periodística

Santo Domingo, RD.- La Dirección General de Contrataciones Públicas aclaró este domingo que los procedimientos de compras y contrataciones de emergencia por el coronavirus, cumplieron con los principios de publicidad y participación establecidos.

Señaló mediante un comunicado que las compras y contrataciones cuestionadas fueron todas publicadas en el Portal Transaccional y en su mayoría tuvieron amplia concurrencia. Es decir, contaron con una participación significativa en la mayor parte de los casos.

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Citó sólo como ejemplo, en un proceso participaron 24 empresas y fueron adjudicadas 15; en otro de 17, se adjudicaron 6. Recordó que, hasta septiembre de 2012, ninguna compra y contratación de emergencia era pública ni ningún otro proceso, y por tanto, sólo unos cuantos participaban.

Recordó igualmente que, aún cuando son compras declaradas de emergencia, y por tanto se encuentran liberadas de los procedimientos ordinarios, deben cumplir con lo que establece la normativa, y los requisitos (especificaciones y criterios de adjudicación) que fijen las instituciones responsables de estas adquisiciones, quienes deberán justificar sus decisiones.

La Ley 340-06 y su modificación, en el párrafo único del artículo 6 numeral 1); y el Reglamento de aplicación 543-12 en su artículo 3, numeral 2) y el artículo 4 numerales  1) y 8), disponen lo siguiente:

  1. Las compras y contrataciones de emergencia, deben ser declaradas por Decreto con la debida justificación.
    1. Los decretos que declaran la emergencia, incluyen los bienes, productos y. Las obras que pueden ser contratadas.
    2. Cuáles son las únicas instituciones autorizadas a comprar bajo la declaratoria de emergencia.
    3. Aunque la declaratoria se realiza por Decreto, cada institución contratante es responsable del cumplimiento.
  2. La obligatoriedad de dar máxima publicidad a los requerimientos y los documentos generados, según aplique.
  3. El cumplimiento de los requisitos que establezca cada institución, que deberá asegurar calidad, el precio y el tiempo de entrega oportuno; o cualquier otro criterio que establezca la entidad que contrata, que deberá ser tan razonable como sea posible, teniendo en cuenta el estado de emergencia.
  4. Todo el que cumpla con los requerimientos tiene derecho a presentar ofertas.
  5. Las instituciones tienen derecho a elegir proveedores frecuentes, que hayan cumplido a tiempo y con las demás condiciones requeridas.
  6. El gobierno ha asegurado que cuenta con los recursos necesarios para realizar los pagos a los proveedores (as).
  7. Cada institución deberá rendir los informes que ordena la Ley a la Contraloría General de la República y a la Cámara de Cuenta de la República Dominicana y deberá publicarlos en la página web de la institución y en el Portal Transaccional.

Expresó que en los casos denunciados, y dado que los proveedores no cumplieron con el plazo de entrega, el SNS y el MISPAS, notificaron la rescisión de las adjudicaciones, iniciaron el procedimiento para solicitar la inhabilitación por incumplimiento y se está procediendo a realizar nuevamente la publicidad de los requerimientos.

En relación a los pagos, dijo que el Gobierno dominicano cuenta con el presupuesto necesario para pagar todas las compras y contrataciones realizadas, declaradas de emergencia.

En cuanto a los proveedores, estableció que fue verificado que éstos se encuentran inscritos y activos en el registro de proveedores del Estado y se trabaja en el levantamiento de información de las actividades comerciales inscritas, así como la composición accionaria, además de otros aspectos que han sido objeto de denuncia.

En relación a la denuncia sobre el aumento exorbitante de los precios, expresó que “es importante recordar que estamos presenciando y participando en mercados internacionales completamente alterados y fuera de lo tradicional. Especialmente en lo que se refiere a medicamentos e insumos médicos, incluidos vestimentas de protección, guantes, mascarillas etc. El COVID-19 es un virus que está afectando a nivel global y actualmente todos los gobiernos necesitan lo mismo y al mismo tiempo, por lo que existe una muy alta demanda y limitada oferta”.

Además, añadió que informes internacionales advierten sobre restricciones al libre comercio, indicando que más 50 países han prohibido la exportación de los bienes y productos que fabrican sus empresas y que son requeridos para dar atención a la pandemia.

Dijo que desde el inicio de la declaratoria de compras de emergencia, se ha incorporado el seguimiento a los precios de estos bienes a través del Sistema de Precios del sector público, que permite conocer los precios a los que compran los mismos bienes y servicios cada institución. A esto se ha agregado también la observación de los mercados internacionales.

De esa forma, aseguró que hay información real sobre precios, que contribuya a delimitar comportamientos irregulares y definir actuaciones jurídicas “para quienes traten de aprovechar el momento para especular, poniendo en juego la salud y la vida de los dominicanos y dominicanas”.

Los datos que genera el Sistema de Precios del Mercado Público han sido remitidos al Instituto Nacional de Protección de los Derechos del Consumidor (PRO-CONSUMIDOR) y a la Oficina Nacional de Defensa de la Competencia (PRO-COMPETENCIA) para que, en el ejercicio de las facultades de estos entes públicos, órgano reguladores del mercado y el consumo, determinen si los precios ofertados y adjudicados se podrían consideran, en el contexto actual, prácticas contrarias a la libre competencia, manipulación de precios, abuso de posición dominante, especulación y monopolio, acuerdos, colusión y/o actos de competencia desleal.

La institución hizo esta comunicación luego de denuncias presentadas en el programa Nuria Investigación Periodística.

Más contenido por Redacción CDN

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